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Caso fibertel

Un juez se declaró incompetente y le negó una cautelar al Grupo Clarín



Fabián Cacivio se diferenció de su par Elvio Sagarra, quien había hecho lugar al pedido de una usuaria de la compañía. El titular del Juzgado N° 2 opinó que el amparo presentado coincidía con los intereses de Cablevisión.
  El titular del Juzgado de Garantías Nº2 de La Plata, Fabián Cacivio, se declaró incompetente para actuar en una acción de amparo presentada por un particular contra la Resolución 100 de Comunicaciones, que dispuso la caducidad de la licencia de la prestación de Fibertel. Al no considerar el tema materia de su competencia, el magistrado remitió el expediente a la Cámara Federal de Apelaciones platense, que designó, mediante sorteo, al Juzgado Civil Comercial y Contencioso Administrativo Federal de La Plata Nº 2, Secretaría Nº4, para entender en el caso.
La decisión se da a menos de una semana de que el magistrado de La Plata, Elvio Sagarra, procediera en forma contraria a las normativas, dando primero vía libre a una cautelar y declarándose posteriormente incompetente. El fallo Sagarra, cuestionado por todo el oficialismo (ver recuadro) y hasta por la presidenta de la Nación, Cristina Fernández, apuntó a que la Resolución 100 “no sólo afecta la libertad de elección y la libertad de expresión de todos los usuarios de Fibertel, sino también la competencia en general, siendo la misma en consecuencia, inconstitucional”.
 En la otra esquina, en diálogo con Tiempo Argentino, el juez Cacivio señaló que “yo entiendo que nunca fui competente, lo dice claramente la Constitución Nacional. La incompetencia en estas cuestiones es manifiesta.” El magistrado consideró además que “los argumentos de la demandante fueron confusos, ya que se pide que Cablevisión (a través de la marca Fibertel) y el Estado Nacional garanticen la prestación del servicio, pero hay en una coincidencia manifiesta entre la postura de la usuaria y la de Cablevisión, por eso entiendo que en realidad, el Estado es el verdaderamente demandado”. Para Cacivio, esta confusión “puede partir de una no definición concreta de qué es lo que se quiere denunciar”.
El fallo de Cacivio cuestiona además el pedido de aplicar el recurso erga omnes, es decir, que se generalice el caso particular a la totalidad de usuarios de Fibertel, cuando, en realidad, esa figura no existe en el Derecho argentino, salvo en los casos de acciones de clase, que necesitan la denuncia de un número importante de afectados. De hecho, un fallo reciente de la Corte Suprema por la Ley de Medios (fallo Thomas), dice que es “irrazonable extender una medida judicial a sujetos que no sólo no la han solicitado sino que, incluso, podrían no compartirla”.
Aunque Cacivio resuelve inhibirse, dado que corresponde la justicia federal, detalla que la demandante expresa en su amparo que su derecho a elegir no puede ser influido desde el Estado, desdeñando así la facultad estatal de regulación. “Más allá de cualquier polémica –dijo Cacivio a este diario–, el Estado está regulando, y la usuaria habla de un derecho a elegir por sobre lo que diga el Estado. Es decir, no está hablando de elegir sobre posibilidades lícitas, sino sobre lo que cree que le conviene, que no siempre es legal”. Y citó un ejemplo para graficar la situación, al decir que “una cosa es la libertad de tránsito y otra circular con un auto ilegal y pretender que el Estado no controle esta conducta, por el simple hecho de que es una decisión personal basada en un presunto derecho”.
Llamó la atención del magistrado que en la presentación de la usuaria se hiciera mención, “con ligereza”, a que está siendo perjudicada por “peleas entre el gobierno (nacional) y (el Grupo) Clarín”, cuando en realidad la cuestión de fondo es la prestación normal del servicio de Internet.

Publicado por Kompromiso Nacional

Los datos fueron tomados de la web de la Presidencia de la Naciòn Argentina

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